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Alta, Cuotas y Bonificaciones (Seguridad Social)

El trámite de alta para el familiar colaborador es más sencillo, ya que solo requiere el alta en la Seguridad Social.

¿Cómo realizar el alta?

  • Vía Online (Recomendada): Se hace a través del portal Import@ss de la Seguridad Social. Debe identificarse (con Cl@ve, Certificado Digital o Vía SMS) y seleccionar el colectivo de "Familiar colaborador del titular de la explotación".

    ▶ Acceder al servicio de Alta en Trabajo Autónomo (Import@ss)

  • Vía Presencial: Se presenta el Modelo TA.0521/2 (Solicitud de alta), junto con el Libro de Familia, DNI y una copia del alta de Hacienda del autónomo titular.

Bonificaciones: ¿Cuánto se paga?

Si es la primera vez que se da de alta en el RETA como colaborador (no debe haber estado de alta en los 5 años anteriores), tiene derecho a una bonificación:

  • Primeros 12 meses: Reducción del 50% de la cuota por contingencias comunes.
  • Siguientes 6 meses: Reducción del 25% de la cuota por contingencias comunes.
⚠️ Nuevo Sistema de Cuotas (Vigente desde 2023): La cuota que pague el colaborador se calculará en base a la previsión de rendimientos netos (ingresos reales) que se comunique a la Seguridad Social. El sistema ya no funciona con una cuota mínima fija como antes. La base de cotización se ajustará anualmente según sus rendimientos.


Autónomo/a colaborador/a. Trámites para el alta y bonificaciones. (32)

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